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Protocolo de Seguridad COVID-19

Protocolo de Seguridad

COVID-19

La epidemia iniciada en la República Popular China en diciembre del 2019, provocada por el Corona virus denominado SARS-CoV-2 y su posterior evolución produjeron que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarara, el 11 de marzo de 2020 el estado de pandemia, convocando a todos los países a tomar las medidas apropiadas para hacerle frente.

En consecuencia, el Gobierno Nacional dispuso la EMERGENCIA SANITARIA a través del Decreto DNU 260/20 y se adoptaron medidas gubernamentales relacionadas con el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

En todos los casos las organizaciones deben seguir las obligaciones emanadas de los sectores de salud y trabajo que han determinado que muchas de ellas para poder reestablecer sus condiciones laborales y dar seguridad a sus equipos de trabajo deban realizar protocolos de actuación para prevenir el contagio o la diseminación del virus en sus ambientes laborales.

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La aplicación de protocolos de actuación y su consiguiente validación surge como una práctica obligatoria de las organizaciones en vistas a la confianza que la operatividad debe generar tanto sea hacia el personal interno como al público en general.

En el caso del protocolo generado para la COVID-19, su desarrollo obedece a la emergencia, la inmediatez y el desconocimiento de la magnitud y de las consecuencias totales del riesgo, pero debe ser un apéndice del Plan o Programa de Prevención de Riesgos Laborales que debe tener la organización o de su propio sistema de gestión de salud y seguridad ocupacional.

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La tarea profesional que se realiza consiste en evaluar los riesgos de exposición en función de las características de la actividad por medio de una visita al establecimiento involucrado con recorrida y conocimiento del mismo. Finalizada la evaluación, se desarrollarán protocolos específicos que promuevan medidas y recomendaciones preventivas incluyendo una capacitación de 60 min a un grupo de hasta 15 personas para su puesta en práctica. 

La estructura del protocolo de actuación contempla secciones normalizadas con una lógica que facilita la evaluación por parte de los organismos de control.

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